Los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky y Gustavo Hornos rechazaron la recusación que les presentó la defensa de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner para que no intervengan en la revisión de la condena en su contra por el caso conocido como “Vialidad”, y en el mismo fallo aceptaron la excusación de su colega Javier Carbajo quien había planteado que debía apartarse porque ya había adelantado opinión sobre el caso.
De quedar firme esta resolución, los jueces Hornos y Borinsky integrarían el tribunal que deberá revisar la sentencia de la causa en la que se investigó el supuesto direccionamiento de la obra pública durante el kirchnerismo en Santa Cruz, en favor del empresario Lázaro Báez, mientras que deberá ser sorteado un tercer juez antes de que se convoque a las audiencias para escuchar a las partes que apelaron aquel fallo.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 dio a conocer en marzo los fundamentos de las condenas impuestas a Fernández de Kirchner, Báez, el exsecretario de Obras Públicas José López y otros funcionarios por el delito de fraude a la administración pública, lo que fue apelado por defensas y también recurrido por el fiscal Diego Luciani, quien se opuso a la absolución por el delito de asociación ilícita por el que había acusado durante el juicio.
La defensa de la Vicepresidenta, que fue condenada en este juicio a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, había recusado a los jueces Hornos y Borinsky porque ya intervinieron en la causa y por supuesta falta de independencia y parcialidad a partir de que trascendió que mantuvieron encuentros sociales con el expresidente Mauricio Macri cuando se desempeñaba al frente del Poder Ejecutivo.
Los jueces de la casación desestimaron “in límine” las recusaciones, recordaron que intervienen como jueces naturales de la causa en virtud del sorteo efectuado y opinaron que los planteos con los que se buscaba apartarlos estaban “basados en expresiones imprecisas y conjeturales”.
Por otra parte, ante las alegaciones de prejuzgamiento referidas por la defensa a partir de diversos fallos dictados por la Sala IV en las etapas previas de este proceso, los jueces refirieron que es la primera vez que están llamados a resolver sobre cuestiones de fondo y que todas las intervenciones anteriores se trataban de incidencias en las que rechazaron la intervención porque los recursos se dirigían contra sentencias no definitivas.
En relación con el juez Carbajo, su excusación fue aceptada toda vez que el propio magistrado había señalado en su presentación que al juzgar en el caso “la ruta del dinero K” ya había expresado que el dinero lavado por Lázaro Báez provenía de delitos vinculados a la obra pública, lo que significó adelantar opinión sobre el caso en el que ahora estaba llamado a intervenir.