El presidente Alberto Fernández firmó el decreto de una asignación no remunerativa para los trabajadores que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado de 60.000 pesos, en dos cuotas de 30.000 pesos con “los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre” próximos.
Según el Decreto de Necesidad y Urgencia presidencial 438/2023, la asignación será otorgada “por única vez” para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en Jurisdicciones y Organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
El alcance es para los trabajadores con salarios netos de hasta $400.000 y fue anunciado días atrás por Sergio Massa, lo que provocó cuestionamientos y rechazo de las cámaras empresarias, así como de algunas provincias que se niegan a pagar la asistencia en medio de la crisis económica que se agravó luego de la devaluación tras las elecciones PASO.
La suma fija será destinada a los empleados que perciban “salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional”.
En efecto, el monto mensual de la asignación no remunerativa será equivalente a: “$30.000 para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, menores o iguales a $370.000; y a la diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $370.000 correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado, pero menores a $400.000″, indicó el Poder Ejecutivo.
“Cuando la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional, los montos mencionados en el presente artículo serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada”, se aclaró.
Además, el Gobierno estableció una suma de $25.000 a pagar en dos cuotas de $12.500 para los empleados de casas particulares. Los 12.500 pesos se destinarán a aquellas personas que perciban salarios netos menores o iguales a $387.500; mientras el monto será equivalente a la diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $387.500 correspondientes al devengado en el mismo período, para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos que se encuentren entre ese rango.
Tanto para los empleados del sector privado, del Estado Nacional como para los trabajadores de casas particulares, la suma fija decretada este jueves “podrá ser absorbida en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo”.
En tanto, las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con el Certificado MiPyME podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), las sumas abonadas en concepto de la asignación no remunerativa dispuesta para empleados del sector privado, conforme a los siguientes porcentajes de reintegro para cada una de las categorías del Registro MiPyME detalladas a continuación:
* Micro: 100 % del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.
* Pequeña: 50 % del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.
“Los reintegros serán efectuados durante los meses correspondientes al pago de la asignación no remunerativa y tendrán como monto máximo mensual el total de las contribuciones patronales declaradas con destino a los subsistemas enunciados”, detalló el Gobierno.
Mientras que los empleadores del personal de casas particulares que no fueren alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y que hayan percibido ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000 y que hubieren abonado el importe correspondiente a la suma fija, “podrán solicitar el reintegro de hasta el 50 % de lo abonado por este concepto”.
Por último, el Gobierno precisó que el pago de la primera cuota se deberá efectuar dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2023.