El Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro (CMCPSI) volvió a sufrir un revés luego de que la Justicia absolviera al martillero Mariano Alejandro Aufseher, a quien la institución le había suspendido la matrícula por trabajar con RE/MAX y acusado de ejercer ilegalmente la profesión.
Aufseher está matriculado en San Isidro y en la Ciudad de Buenos Aires. Hasta el momento de la suspensión, el martillero ejercía la profesión en ambas jurisdicciones. Tal como declaró ante la Justicia, el corredor fue suspendido, a principios de 2022, por no haber pagado su seguro. Para levantar la suspensión, Aufseher pagó la deuda y la multa que le impuso el Colegio.
Sin embargo, no fue rehabilitado y no le levantaron la suspensión. Según explicó durante la audiencia judicial, Aufseher mantuvo una reunión con el presidente y vicepresidente del Colegio, “quienes le pidieron que cierre su negocio con RE/MAX porque sino no lo iban a rehabilitar”.
Agregó que desde que fue notificado de la suspensión de su matrícula, dejó de ejercer en la Provincia de Buenos Aires y acordó pasarle su cartera de clientes de esa jurisdicción a otro matriculado habilitado. La defensa añadió que las publicaciones en algunos portales de propiedades quedan activas aún después de haberlas dado de baja, incluso por más de un año.
El abogado defensor de Aufseher señaló, además, que los hechos denunciados por el Colegio de Corredores de San Isidro son atípicos, ya que no se encuadran en el artículo 80 de la Ley 14085, que había sido esgrimido por la institución.
Ese artículo sanciona a “la persona que ejerciere actos propios reservados al Martillero y/o Corredor Público, sin poseer título o la autorización correspondiente” y a “la persona que, sin ser Martillero o Corredor Público realice operaciones inmobiliarias, participe, facilite o de cualquier modo favorezca la realización por otros de los actos y/o funciones o actividades reservadas por esta Ley a dichos profesionales”.
Al tratarse de un corredor con título y matrícula, la situación de Aufseher estaba por fuera de ese marco. Asimismo, la defensa planteó que el Colegio no debió “impulsar una doble persecución contraria al principio universal del derecho penal -estricto o especial, como son las contravenciones-, que es que nadie puede ser juzgado ni condenado dos veces por el mismo hecho”.
El caso Aufseher se suma a una larga lista de reveses judiciales en la batalla que viene librando el CMCPSI contra las franquicias inmobiliarias. Los resultados negativos y el derroche de recursos vienen generando críticas a la dirigencia de parte de los profesionales.