El Gobierno nacional envió este lunes al Congreso las modificaciones al proyecto de la Ley Ómnibus, que negoció con un sector de la oposición, en puntos clave tales como privatizaciones, retenciones, movilidad jubilatoria, política ambiental y recursos destinados a la cultura.
En rigor, se borraron más de 100 artículos del proyecto inicial. Una de las primeras reformas tuvo que ver con cambios en la estructura y redacción del proyecto a los fines de mejorar la técnica legislativa y favorecer su lectura. Se eliminó la emergencia en materia social y de defensa, y se redujo el plazo de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogar por un año más, pero con aprobación del Congreso.
YPF sin privatización
Se eliminó YPF del listado de las empresas públicas factibles a privatizar. Para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que no puede realizarse una privatización total, sino que debe ser parcial, y el Estado debe mantener el control de la empresa. Además, se incorporó expresamente, la participación de la Comisión Bicameral de Privatizaciones de la Ley N 23.696 para el seguimiento de los trámites respectivos. Es decir, cualquier proyecto de esas características debe pasar por el Congreso.
Por otra parte, se eliminó el artículo 9 y se amplió la redacción actual el artículo 35 de la Ley N° 24.804 con el fin de mantener el poder de veto en algunas decisiones de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima.
Finalmente, se eliminó el articulo 11 manteniendo la obligación del Estado de tener una acción con derecho a veto para las decisiones que impliquen el cierre de la actividad.
Jubilados: cambios en la fórmula
En un primer momento aplicará la fórmula actual de movilidad previsional hasta abril y luego actualizará por la inflación calculada por el Indec.
“El Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del Indec. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo”, sostuvo.
En paralelo, el nuevo texto elimina las jubilaciones de privilegio para Presidente y Vicepresidente, que se habían mantenido cuando el gobierno de Alberto Fernández eliminó otras jubilaciones de privilegio a inicios de 2020.
Retenciones cero
Vuelven a cero las retenciones para las economías regionales (iban a subirse a 15%). A su vez, se elimina la facultad del Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación. Solamente se mantiene la facultad para poder reducirlas. De este modo, el proyecto final descarta la posibilidad de aumentar los derechos de exportación de los productos derivados de la soja de un 31 a un 33%.
Sector pesquero
El texto del proyecto de Ley ómnibus, con las modificaciones incluidas y enviado al Congreso, da cuenta de las repercusiones en torno a cambios en esa actividad en medio de fuertes quejas del sector: “La modificación del régimen de pesca generó un gran debate público y parlamentario”, dice el documento.
En rigor, se retira la palabra “internacional” del sistema de asignación de cuotas pesqueras, que había generado el rechazo del sector y de los gobernadores patagónicos.
Por otro lado, el proyecto ahora aclara: “Una gran confusión se produjo como consecuencia de la incorporación de la palabra internacional en el sistema de asignación de cuotas aun cuando el proyecto no modificaba la exclusividad de los navíos argentinos para la actividad pesquera. Esta palabra es removida en esta versión clarificando dicha confusión”.
Respecto al proyecto inicial, también se modificó el articulo 7 y se eliminaron las derogaciones de los artículos 25 y 40 de la Ley N 24.922, con lo cual se mantiene la obligación de descargar en puerto y de contar con tripulación argentina.
Blanqueo de capitales
Se establece que los sujetos no residentes que adhieran al “Régimen de Regularización de Activos” no podrán declarar bienes que se encuentren en posesión, anotados, registrados o depositados a nombres de terceros.
Se incorpora como sujetos excluidos a los funcionarios que se hayan desempeñado en el rol en los últimos cinco años. Es decir incorpora a funcionarios del gobierno de Alberto Fernández únicamente.
Reuniones de tres personas
El Gobierno decidió eliminar el artículo 331 que establecía que se debía pedir autorización para una manifestación y definía que se trataba de la “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”.
Reforma electoral
Los artículos se eliminaron del proyecto y se dará en sesiones ordinarias el debate de las circunscripciones uninominales, las PASO y la actualización de la composición de la Cámara de Diputados.
Cambios en los artículos culturales
Uno de los principales sectores en organizarse para protestar contra la Ley Ómnibus fue el de la cultura. Incluso, esta mañana, el presidente Javier Milei, respondió algunos cuestionamientos puntuales, como el del productor argentino, Adrián Suar.
“Lo que no podés hacer es mentirle a la gente, está haciendo la defensa de un privilegio. En esa mesa no están los desnutridos de la argentina”, dijo Milei, y expresó: “No hay plata, yo tengo que elegir dónde va la plata. Hay que elegir entre darle recursos del Estado para financiar películas que no mira nadie, y mantenerle el nivel de vida alto de actores de cierto partido políticos, o poner la plata para darle de comer a la gente”.
No obstante, finalmente varios artículos finalmente no serán modificados:
INCAA
Se deroga la modificación del artículo 21 y se mantiene la asignación específica para el Instituto Nacional De Cine Y Artes Audiovisuales (INCAA), que seguiría recibiendo un monto de recursos de manera automática.
Fondo Nacional de las Artes
Se deja de propiciar su cierre y se propone “explorar mecanismos para que su ecuación económica sea más favorable a la comunidad artística”. Los directores deberán ser ad-honorem y los gastos no pueden representar más del 20% de sus ingresos.
INAMU y Conabip
Se restringen los gastos del INAMU y Conabip a que no sean mayores al 20% de sus ingresos, sin proponer otros cambios de estructura.
Medio ambiente
Se elimina el artículo 497 que modificaba la Ley de Quema y se amplía de 30 a 90 días en el artículo 498 el plazo para que la Autoridad de Aplicación autorice una quema.
Se incorporó un artículo que garantiza los recursos para el Fondo de Bosques y se aclara en la ley de Glaciares las actividades prohibidas en la zona periglaciar. (DIB)