En su último acto como Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el organismo ha ajustado los plazos para el pago de los anticipos del impuesto a las Ganancias y de los bienes personales correspondientes a 2024.
Esta modificación se formalizó mediante la Resolución General Nº 5592/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, aunque su fecha es del día anterior, lo que significa que se realizó aún bajo la denominación de AFIP.
Además, el mismo Boletín Oficial anunció el inicio de operaciones de la nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La comunicación oficial detalló que “con relación al ingreso del primer anticipo no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos”.
En tanto, el vencimiento de la declaración jurada queda estipulado para mayo de 2025.
Primer Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/11/2024
Terminación CUIT 4-6: 14/11/2024
Terminación CUIT 7-9: 15/11/2024
Segundo Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/12/2024
Terminación CUIT 4-6: 16/12/2024
Terminación CUIT 7-9: 17/12/2024
Tercer Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/02/2025
Terminación CUIT 4-6: 14/02/2025
Terminación CUIT 7-9: 17/02/2025
Cuarto Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/03/2025
Terminación CUIT 4-6: 14/03/2025
Terminación CUIT 7-9: 17/03/2025
Quinto Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 14/04/2025
Terminación CUIT 4-6: 15/04/2025
Terminación CUIT 7-9: 16/04/2025
En el caso de bienes personales, las fechas de vencimiento del primer y segundo anticipo para el período fiscal 2024 fueron modificadas, dado que originalmente vencían en agosto y octubre de 2024.
Primer anticipo
Terminación CUIT 0-3: 14/10/2024
Terminación CUIT 4-6: 15/10/2024
Terminación CUIT 7-9: 16/10/2024
Segundo Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/11/2024
Terminación CUIT 4-6: 14/11/2024
Terminación CUIT 7-9: 15/11/2024