El Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, fue condenado a reanudar la entrega de alimentos a comedores y merenderos en todo el país, un servicio que se detuvo tras la asunción de Javier Milei. La decisión fue tomada por el juez Walter Lara Correa, a raíz de un amparo colectivo presentado por la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
El fallo subraya que "no pueden tomarse decisiones regresivas cuando están en juego derechos fundamentales como el acceso a la alimentación". Se destaca la necesidad de políticas públicas "no discriminatorias" que garanticen el "cumplimiento del principio de igualdad". El juez también afirma que las restricciones financieras no justifican violaciones a la Constitución y que el ajuste no debe recaer en los sectores más vulnerables, aunque aclara que no es necesario un aumento de presupuesto más allá del establecido.
Aunque es probable que la cartera de Pettovello decida apelar, la medida cautelar que obliga al ministerio a garantizar el derecho a la alimentación para todos los asistentes a comedores y merenderos comunitarios permanecerá en vigor. En su dictamen previo, el fiscal Fabián Canda indicó que el Ministerio de Capital Humano había incumplido con la restitución de la distribución de alimentos y fondos. Si el ministerio no acata la orden o lo hace de manera parcial, el juez Lara Correa advirtió que "el Estado argentino podría incurrir en responsabilidad internacional".
La sentencia no solo detalla el fallo, sino que también subraya la necesidad de su implementación. El ministerio deberá presentar informes mensuales que detallen el progreso en las políticas públicas relacionadas con la alimentación, especificando la cantidad de beneficiarios y la ubicación de los comedores y merenderos.
El fallo señala la falta de entrega de productos y las demoras injustificadas en la aprobación de programas asignados a organizaciones sociales, destacando que, aunque Capital Humano ha incluido más espacios comunitarios, no lo ha hecho de manera equitativa. A pesar de que el ministerio sostiene que los planes alimentarios siguen vigentes, el juez observó que su implementación es selectiva.
El ministerio justificó la interrupción de estas políticas sociales por la realización de auditorías. En particular, mencionó una auditoría del Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios (RENACOM), que tiene más de 40,000 espacios registrados, como motivo para retener alimentos en galpones. Sin embargo, la fiscalía argumentó que no hay información clara sobre esta auditoría y que "la evaluación aún no ha concluido". Además, se destacó que, en lugar de eliminar intermediarios, el ministerio designó a la Fundación Conin, vinculada a Abel Albino, lo que genera dudas sobre las verdaderas intenciones detrás de estas decisiones.
El juez Lara Correa instruyó al ministerio a regularizar y actualizar el registro de comedores y merenderos sin demoras, y a garantizar que los subsidios se otorguen a quienes cumplan con los requisitos establecidos. Reiteró que para aprobar la continuidad de programas y la entrega de alimentos y fondos, los trámites deben resolverse con criterios establecidos en la Ley Bases, que incluyen "gratuidad, informalismo, celeridad, economía, sencillez, eficacia, eficiencia y eficiencia burocrática".
El fallo destaca que "el Estado Nacional debe continuar con la ejecución de las políticas públicas vigentes en materia alimentaria de manera progresiva", y que "los derechos individuales involucrados constituyen derechos que no se pueden ver afectados por decisiones regresivas". Lara Correa enfatiza que su fallo no impone qué planes deben desarrollarse, sino que determina qué derechos deben garantizarse, apuntando hacia un futuro en el que se respete el acceso a la alimentación esencial como un derecho humano fundamental.