miércoles 04 de febrero de 2026 - Edición Nº2618

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El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad

10:00 |A través del Decreto 84/2026, el Gobierno definió cómo se aplicará el nuevo régimen de pensiones no contributivas, tras una orden judicial que exigió su implementación inmediata.



El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció el marco operativo para la puesta en funcionamiento de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinadas a personas con discapacidad. La medida fue formalizada mediante el Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei.

La decisión se da en cumplimiento de un fallo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que declaró inválida una normativa previa que había suspendido la aplicación de la ley por falta de financiamiento. Aunque el Ejecutivo apeló esa resolución, la Justicia ordenó avanzar con la reglamentación en un plazo máximo de 30 días, lo que derivó en la publicación del nuevo decreto.

El texto establece los criterios de acceso al beneficio, las condiciones para su continuidad, las incompatibilidades con otros ingresos y los procedimientos administrativos y de control del sistema. Además, señala que el régimen deberá articularse con políticas de inclusión laboral, con el objetivo de evitar superposiciones y asegurar una aplicación coherente de las prestaciones.

La norma también introduce modificaciones institucionales, al formalizar la incorporación de la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del Ministerio de Salud, centralizando allí el diseño y la ejecución de las políticas públicas vinculadas al sector.

Entre los puntos destacados, el decreto instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los parámetros de evaluación socioeconómica del nuevo régimen. Asimismo, el organismo deberá presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigencia de la reglamentación.

Por último, se dispuso la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para la Protección Social. Para ello, la autoridad de aplicación deberá identificar y verificar la situación de cada beneficiario. La reglamentación comenzó a regir desde el 3 de febrero de 2026 y constituye un paso clave para la implementación efectiva de la Ley 27.793, en un escenario atravesado por tensiones judiciales y debates sobre su financiamiento.

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