En una sesión atravesada por la tensión política y manifestaciones en las inmediaciones del Congreso, el Senado sancionó la Ley de Modernización Laboral y le dio al presidente Javier Milei el que, hasta el momento, es su mayor triunfo parlamentario. La iniciativa fue aprobada con 42 votos afirmativos, 28 negativos y dos abstenciones.
El oficialismo consiguió reunir una mayoría amplia gracias al respaldo de bloques aliados y sectores dialoguistas, lo que permitió destrabar una votación que, en la previa, ya se perfilaba favorable al Gobierno. Tras el resultado, la jefa del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, encabezó los festejos junto a los senadores libertarios y calificó la sanción como un paso clave en la agenda de reformas.
La norma introduce cambios de fondo en el régimen laboral. Uno de sus ejes centrales es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir indemnizaciones en casos de despido cuando las empresas no puedan afrontarlas. El fondo se financiará con aportes derivados de contribuciones patronales.
En materia de indemnizaciones, se fija un tope equivalente a un salario promedio del convenio por año trabajado y se excluyen del cálculo conceptos como aguinaldo, bonos y premios no mensuales. Además, se establece que el monto total no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio aplicable y nunca será inferior al 67% de la remuneración mensual habitual ni menor a un sueldo.
La ley también habilita los convenios colectivos por empresa, limitando la incidencia de acuerdos de ámbito superior sobre los de menor escala. Al vencimiento de un convenio, habrá un plazo de un año para renegociar sus cláusulas.
En cuanto a la jornada laboral, se incorpora un sistema de “banco de horas” que permitirá compensar horas extras con francos, siempre respetando los descansos mínimos legales. Las horas adicionales deberán ser voluntarias y registradas bajo un sistema de control.
Respecto de las vacaciones, podrán tomarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril y fraccionarse en períodos que no sean inferiores a siete días. La fecha deberá notificarse con al menos 30 días de anticipación.
Otro punto relevante es el nuevo encuadre para trabajadores de plataformas digitales, que serán considerados “prestadores independientes” y no empleados en relación de dependencia, aunque las empresas deberán contratar seguros de accidentes y brindar capacitación.
La norma mantiene los aportes sindicales con un tope del 2% y conserva el 6% de contribución empresarial a las obras sociales gremiales. También dispone el traspaso de la Justicia laboral nacional a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
La sanción se concretó mientras en las calles se desarrollaban protestas de sectores sindicales y organizaciones sociales que rechazaron la reforma. Con la ley ya promulgada, el Gobierno celebra un avance central en su programa de desregulación y flexibilización laboral, mientras la oposición anticipa cuestionamientos judiciales y políticos en la etapa de implementación.