El presidente Javier Milei firmó un decreto que modifica el procedimiento para la designación de jueces de la Corte Suprema de Justicia, con el objetivo de agilizar los nombramientos y reducir instancias administrativas. La medida también elimina la recomendación vigente desde 2003 que sugería contemplar criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y representación regional al momento de proponer candidatos.
La decisión fue oficializada mediante el decreto 467/2026, publicado en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques. Desde el Gobierno nacional señalaron que los cambios buscan simplificar trámites, evitar procedimientos duplicados y acelerar la cobertura de vacantes en el máximo tribunal.
Uno de los puntos centrales de la reforma es la eliminación de la instancia de observaciones ciudadanas que se desarrollaba en el ámbito del Ministerio de Justicia antes de que el Poder Ejecutivo remitiera los pliegos al Senado. Hasta ahora, los antecedentes de los candidatos debían publicarse y permanecer abiertos a opiniones o impugnaciones antes de la nominación formal.
Desde la Casa Rosada argumentaron que ese mecanismo replicaba procedimientos que ya existen en la Cámara alta, donde continúan vigentes las audiencias públicas, la recepción de observaciones por parte de la ciudadanía y el análisis de los candidatos en la Comisión de Acuerdos.
La nueva normativa establece que los antecedentes de los postulantes serán difundidos a través del sitio web oficial del Ministerio de Justicia y del Boletín Oficial, dejando sin efecto la obligación de publicarlos en diarios de circulación nacional.
Según el Ejecutivo, esta modificación responde a los actuales hábitos de acceso a la información y permitirá reducir los tiempos administrativos del proceso.
Además, los candidatos deberán presentar en un plazo máximo de cinco días sus declaraciones juradas patrimoniales, incluyendo bienes propios, del cónyuge o conviviente, del patrimonio conyugal y de los hijos menores, tal como exige la Ley de Ética Pública.
Otro de los cambios involucra a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que seguirá verificando la situación impositiva y previsional de los postulantes, aunque ahora deberá emitir sus informes en un plazo máximo de cinco días y respetando las normas de secreto fiscal.
Pese a las modificaciones introducidas, el procedimiento constitucional para designar jueces de la Corte Suprema permanece sin cambios. Los pliegos seguirán requiriendo el tratamiento en el Senado, donde deberán atravesar audiencias públicas y obtener el respaldo de dos tercios de los legisladores presentes para ser aprobados.
Entre las novedades más relevantes figura la eliminación de la referencia incluida en el decreto 222/2003 que recomendaba al Presidente considerar criterios de equilibrio de género, especialización y representación federal al momento de seleccionar candidatos para integrar el máximo tribunal del país.