Las personas que posean armas de fuego de uso civil o uso civil condicional sin registrar, o cuya documentación se encuentre irregular, tendrán un plazo de 360 días para regularizar su situación ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC). La medida quedó establecida mediante la Ley 27.805, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La normativa también dispone la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2027 del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, una herramienta vigente desde 2006 que busca reducir la circulación de armamento en manos de particulares.
Quienes deseen regularizar armas alcanzadas por la ley deberán presentarse ante la ANMAC para iniciar los trámites correspondientes. Una vez realizadas las verificaciones técnicas y registrales, el organismo incorporará la información del arma y de su poseedor al Banco Nacional Informatizado de Datos.
En los casos en que la persona no cuente con la condición de legítimo usuario, deberá gestionar de manera simultánea la habilitación correspondiente y la autorización de tenencia. Si durante el procedimiento se detectan impedimentos técnicos o registrales graves, podrán iniciarse actuaciones administrativas o judiciales para el secuestro del material involucrado.
Perdón de sanciones para quienes regularicen
Uno de los puntos centrales de la ley establece una exención de sanciones penales y administrativas para quienes se presenten voluntariamente a declarar armas de uso civil o uso civil condicional que se encuentren fuera del sistema registral.
El beneficio alcanzará a los casos contemplados en el artículo 189 bis del Código Penal y comenzará a regir desde el momento en que el poseedor informe voluntariamente la existencia del arma ante la autoridad competente.
Sin embargo, la exención no será aplicable si existe una imputación judicial previa por la tenencia ilegal del arma al momento de iniciar el trámite de regularización.
Además, la ANMAC deberá informar a los solicitantes sobre los riesgos asociados a la tenencia de armas y las alternativas disponibles para su entrega voluntaria y anónima. También tendrá la responsabilidad de dictar las normas técnicas necesarias para implementar el régimen y desarrollar campañas de difusión para dar a conocer sus alcances.
Extienden la entrega voluntaria de armas
La ley también extiende la vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, que ahora permanecerá activo hasta el 31 de diciembre de 2027.
El objetivo de la medida es incorporar al control estatal armas que actualmente se encuentran fuera del sistema registral, promover su regularización o entrega voluntaria y fortalecer los mecanismos de trazabilidad y fiscalización del material controlado.
La nueva normativa entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial.