El Gobierno nacional modificó el Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas con el objetivo de facilitar el ingreso de maquinaria industrial proveniente del exterior, promover inversiones y modernizar procesos productivos. La medida actualiza el Decreto 1174/2016, que regula la importación de equipamiento usado destinado a proyectos industriales.
La reforma incorpora cambios orientados a agilizar los procedimientos administrativos, ampliar el alcance del régimen y reforzar los mecanismos de control sobre las empresas beneficiarias. Además, fija plazos más precisos para organismos públicos y privados e introduce sistemas automáticos para resolver determinadas situaciones cuando no existan respuestas dentro de los tiempos establecidos.
Desde el Gobierno señalaron que la iniciativa busca mejorar la competitividad de las empresas, aumentar la capacidad productiva, diversificar actividades, modernizar instalaciones y favorecer la generación de empleo.
La normativa mantiene como requisito que los bienes usados formen parte de una línea de producción completa, autónoma y vinculada a un proyecto de inversión previamente aprobado. También podrán incluirse equipos complementarios indispensables para el funcionamiento de esas instalaciones.
Entre las novedades, se habilita la importación de equipamiento destinado al tratamiento o eliminación de contaminantes del aire, el agua o el suelo, siempre que integre plantas industriales o de generación energética.
Asimismo, continúa vigente la posibilidad de incorporar sistemas automatizados de almacenamiento, conocidos como "almacenes inteligentes", que combinan maquinaria, tecnología y software para la gestión de productos.
En cuanto a la antigüedad de los equipos, se establece un límite general de 20 años. No obstante, podrán ingresar bienes de hasta 30 años cuando hayan sido reconstruidos o actualizados para extender su vida útil.
Uno de los requisitos centrales del régimen es que las empresas beneficiarias deberán adquirir bienes nuevos de origen nacional por un valor equivalente, como mínimo, al 10% del monto FOB de la maquinaria usada importada.
Esa inversión podrá destinarse tanto a la línea de producción incorporada como a otras actividades de la empresa o incluso a proveedores vinculados directamente con el proyecto productivo.
La reforma también endurece las penalidades para quienes incumplan las condiciones establecidas. Entre otras medidas, prevé la ejecución total de las garantías cuando las empresas no presenten la documentación requerida, no concreten los proyectos comprometidos, utilicen de manera indebida la Constancia de Expediente en Trámite (CET) o no cumplan con la compra mínima de bienes nacionales.
Además, se incorpora una multa equivalente al 20% de los tributos no abonados, a la que se sumarán intereses y recargos correspondientes.
Las nuevas disposiciones también alcanzarán a expedientes iniciados bajo regímenes anteriores que aún mantengan pendientes la liberación o ejecución de garantías.