El Gobierno nacional modificó el mecanismo de actualización del precio del gas que se traslada a las tarifas de los usuarios. A través de una resolución de la Secretaría de Energía, se dispuso que, desde agosto de 2026, las denominadas Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) se incorporen a las facturas de manera bimestral, en lugar de hacerlo con la frecuencia anterior.
La medida tendrá vigencia mientras permanezca la emergencia energética, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027, y busca otorgar mayor previsibilidad a los usuarios durante los meses de mayor consumo.
Las DDA son un mecanismo previsto por la normativa que permite compensar la diferencia entre el precio estimado del gas utilizado para calcular las tarifas y el costo efectivo que pagan las distribuidoras al adquirir el combustible.
Según explicó la Secretaría de Energía, el cambio apunta a evitar que durante el invierno coincidan en una misma factura el aumento del consumo por las bajas temperaturas y las actualizaciones derivadas del precio del gas. De esta manera, el Gobierno busca distribuir esos ajustes en períodos más largos y dar mayor gradualidad a las tarifas.
La resolución también se enmarca en la reconfiguración del mercado del gas natural impulsada por el Ejecutivo. A partir de este nuevo esquema, las empresas distribuidoras asumirán directamente la compra del combustible, sin intervención de las autoridades nacionales, en línea con el proceso de desregulación del sector.
La implementación del nuevo sistema estará a cargo del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENRGE), que deberá aplicarlo con los cuadros tarifarios correspondientes a agosto de 2026 y adecuar los procedimientos necesarios para su funcionamiento.
Desde el Gobierno aclararon que la modificación no altera el principio establecido por la Ley 24.076, que dispone que las distribuidoras solo pueden trasladar a las tarifas el costo de adquisición del gas, sin obtener ganancias ni asumir pérdidas por las variaciones en el precio del combustible.