viernes 21 de agosto de 2026 - Edición Nº2816

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El Gobierno reorganizó el Registro Nacional de Armas y sus controles

09:46 |La nueva estructura del RENAR define autoridades y establece funciones de fiscalización sobre armas y explosivos.



El Gobierno estableció una nueva estructura y organización para el Registro Nacional de Armas (RENAR), que funcionará como organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Seguridad. La medida fija sus objetivos, determina las autoridades que estarán al frente y aprueba una nueva estructura operativa, en reemplazo de la organización correspondiente a la ex Agencia Nacional de Materiales Controlados.

La decisión se fundamenta en las modificaciones introducidas a la Ley N° 27.192, que dieron lugar a la necesidad de establecer formalmente los objetivos, la conducción y las atribuciones del titular del RENAR. Según los considerandos publicados en el Boletín Oficial, se busca adecuar los objetivos y ámbitos jurisdiccionales de los organismos desconcentrados y descentralizados que funcionan dentro del Ministerio de Seguridad.

Las nuevas funciones del organismo

Entre las principales funciones asignadas al nuevo organismo se encuentra el desarrollo de políticas de registración, control y fiscalización sobre materiales, actos y personas físicas y jurídicas vinculadas con armas y otros materiales controlados. El RENAR tendrá además a su cargo el registro, autorización, control y fiscalización de las actividades relacionadas con la fabricación, comercialización, adquisición, transferencia, traslado, tenencia, portación, uso, entrega, resguardo, destrucción, importación, exportación y tránsito de armas de fuego, municiones, pólvoras, explosivos y otros materiales controlados. La única exclusión expresamente prevista es el armamento perteneciente a las Fuerzas Armadas.

El organismo también deberá administrar el Banco Nacional de Materiales Controlados y su red de depósitos, además de encargarse de la destrucción de materiales controlados, procurando garantizar su eficacia, eficiencia y sustentabilidad ambiental. Otro de los ejes definidos es la prevención de la violencia armada y el tráfico ilícito de armas, municiones, explosivos y materiales relacionados, para lo cual el RENAR deberá promover campañas públicas y acciones preventivas, colaborar en investigaciones de delitos vinculados con armas de fuego y realizar operativos e inspecciones de control y regularización registral.

Más información estadística y cooperación internacional

La nueva estructura también contempla una mayor utilización de información estadística y bases de datos. El organismo tendrá bajo su responsabilidad la administración del Registro Único de Información previsto por la Ley N° 27.192 y la actualización de un banco nacional informatizado de datos. Además, deberá realizar periódicamente relevamientos estadísticos sobre hechos, sujetos y actividades relacionados con armas de fuego y explosivos, y suministrar esa información a los organismos encargados de diseñar estrategias contra el tráfico ilícito.

El decreto establece que el RENAR podrá desarrollar políticas de intercambio de información y buenas prácticas con organismos de otros países y organizaciones internacionales, evaluar la efectividad de las normas técnicas y legales y proponer modificaciones, además de realizar investigaciones sobre el mercado de armas, su utilización y sus consecuencias.

Nueva conducción y fin de la estructura anterior

La conducción del Registro Nacional de Armas estará a cargo de un Director Ejecutivo, con rango y jerarquía de secretario, asistido por un Subdirector Ejecutivo, con rango y jerarquía de subsecretario, quien lo reemplazará en caso de ausencia. Ambos funcionarios serán designados por el Poder Ejecutivo Nacional. El decreto también aprueba las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del RENAR y dispone modificaciones en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del régimen SINEP.

Como parte de la reorganización, quedan derogados los artículos 1° a 5° de la Decisión Administrativa N° 479/2016 y la Resolución N° 20/2016 de la ex Agencia Nacional de Materiales Controlados, normativa que había establecido parte de la estructura organizativa de ese organismo. El texto aclara que la implementación de la medida no implica un incremento en la cantidad de unidades organizativas de la Administración Pública Nacional.

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